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Retención sobre el total

Para los clientes que la calculan sobre el total con IVA

Normalmente la retención de IRPF se calcula sobre la base imponible. Hay sectores —señaladamente el régimen agrario— donde se calcula sobre el importe total, con el IVA ya sumado. Este módulo añade una casilla en la ficha del cliente y del proveedor: marcada, sus documentos calculan la retención sobre el total; sin marcar, todo sigue como siempre. Ni la base ni el IVA cambian: lo único que cambia es sobre qué importe se aplica la retención.

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Retención sobre el total

Cómo funciona

Qué cambia, exactamente

Normalmente la retención de IRPF se calcula sobre la base imponible. Con la casilla marcada, se calcula sobre el total con el IVA ya sumado. Nada más cambia: ni la base, ni el tipo de IVA, ni la cuota. Solo el importe sobre el que se aplica la retención.
Qué cambia, exactamente

Una factura, número a número

Una entrega de fruta por 1.000,00 €, con IVA del 10 % y retención del 2 %.

Sin la casilla — base 1.000,00 €, IVA 100,00 €, retención el 2 % de 1.000,00 = −20,00 €. Total a pagar: 1.080,00 €.

Con la casilla — base 1.000,00 €, IVA 100,00 €, retención el 2 % de 1.100,00 = −22,00 €. Total a pagar: 1.078,00 €.

Dos euros de diferencia en esta factura. En un año de entregas semanales, la diferencia ya no es anécdota: es lo que Hacienda espera encontrar retenido.

Dónde se marca

En la ficha del cliente, dentro de Términos comerciales, está la casilla «Retención sobre el total». La misma casilla está en la ficha del proveedor, para las facturas de compra. Se marca cliente a cliente: quien no la tenga marcada sigue exactamente como antes, y por eso el módulo se puede encender sin tocar nada de lo que ya facturas.

Dónde se aplica

A todos los documentos de ese cliente: presupuestos, pedidos, albaranes y facturas, tanto de venta como de compra. El cálculo se hace al momento, mientras escribes las líneas, así que el total que ves en pantalla ya es el bueno. Los suplidos quedan fuera de la retención, como corresponde.

Dónde entra el régimen agrario

En las actividades agrícolas y ganaderas hay dos cosas que conviven en la misma factura: la retención que practica el comprador y, cuando el agricultor está en el régimen especial, la compensación que ese comprador le paga. Al mezclarse, la base sobre la que va la retención no siempre es la misma que en una factura corriente, y de ahí que esta opción exista.

El porcentaje que te toca y sobre qué importe exacto depende de tu actividad y de tu régimen: confírmalo con tu asesor. El módulo hace exactamente lo que se explica más arriba, ni más ni menos.

Características

Cliente a cliente

Una casilla en su ficha; el resto no se toca.

También en compras

La misma casilla en la ficha del proveedor.

En todos los documentos

Presupuestos, pedidos, albaranes y facturas.

Los suplidos, fuera

No forman parte de la retención, como corresponde.

Capturas de pantalla

Retención sobre el total

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